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Vendopor Servicios Tecnológicos Integrados

Código de conducta

CODIGO DEONTOLÓGICO

  • Permanecer informado regularmente acerca de las legislaciones y de todas lasinformaciones o evoluciones esenciales que puedan afectar a los intereses que le han sido confiados
  • Conocer las condiciones de los mercados sobre los que debe aconsejar a sus clientes
  • No aceptar ninguna misión que sobrepase su área de experiencia, salvo en lo que se refiere a conseguir, previo acuerdo de su mandante, la participación de un especialista cuyos límites de intervención estarán claramente definidos
  • Informarse de todos los hechos esenciales relativos a cada una de las propiedades que le hayan sido encomendadas, con el fin de cumplir todas sus obligaciones respecto a evitar errores, exageraciones, presentación errónea o disimulo de circunstancias
  • Permanecer informado y facilitar la formación de sus colaboradores en lo referido a la evolución del mercado inmobiliario sobre los planes locales, regionales y nacionales
  • Seguir y hacer que sus colaboradores sigan programas de formación profesional permanente y específica, que les permita adaptarse a las evoluciones en materia de legislación y entorno profesional

RELACIONES CON LOS CLIENTES

  • Hacer gala de la conciencia profesional necesaria para el cumplimiento de la misión que le ha sido confiada
  • Dar muestras de moderación y prudencia, tratando de no poner nunca en peligro la situación de sus clientes, ni la suya propia
  • Proteger y promover los intereses legítimos de sus mandantes; no obstante, los deberes de asesoramiento y fidelidad absoluta respecto a ellos no exoneran al profesional inmobiliario de tratar equitativamente a todas las partes interesadas, respetando sus derechos
  • Proteger al consumidor contra el fraude, la presentación errónea o las prácticas incorrectas en el sector inmobiliario y esforzarse por eliminar dentro de su comunidad toda práctica susceptible de causar perjuicios al público o a la dignidad de la profesión de Administrador de fincas o Agente inmobiliario
  • Considerarse sujeto, en cualquier circunstancia, respecto a sus clientes y terceros, a una discreción absoluta en lo que se refiere a su cometido, y procurar que sus colaboradores actúen con la misma reserva
  • Velar por que las obligaciones financieras y compromisos resultantes de los contratos inmobiliarios queden fijados por escrito, explicando los acuerdos alcanzados por las partes, cada una de las cuales recibirá un ejemplar del documento en el momento de su firma
  • Velar por que los acuerdos garanticen sin lugar a equívoco la perfecta información de las partes y tiendan a armonizar los intereses de éstas, sin que una de ellas se beneficie en solitario de las ventajas
  • Informar con exactitud al público del precio requerido en remuneración a sus servicios prestados
  • Velar por que el ejercicio eventual de actividades anexas o conexas se efectúe con toda transparencia y no genere ningún conflicto de intereses

Gestión inmediata y eficaz de cualquier patrimonio